Participación de Socio
Hay varios tipos de acuerdos en el momento de venta de una participación:
- Acuerdo de compra cruzada – permite a los familiares del propietario fallecido comprar la parte de éste.
- Acuerdo de compra de entidad – la compañía es la única entidad autorizada a adquirir la parte del propietario fallecido.
- Acuerdo de no comprar / vender – otorga a los propietarios restantes el control total de la compañía y, a los herederos, le permite beneficiarse de la prosperidad de la empresa.
- “Wait-and-See Purchase Agreement” – Combina de forma flexible, la Compra Cruzada y el Acuerdo de Compra de Entidad. En otras palabras, permite a las personas encargadas del negocio seleccionar uno de los dos acuerdos.
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