División de Wealth Management, BPPR

Retirarse es costoso. Complementar los ingresos de Seguro Social para muchos retirados y generaciones futuras se ha convertido en una realidad. Por ende, planificar desde temprano para la jubilación es necesario. De igual manera es importante conocer y entender los mecanismos de ahorro diseñados específicamente para el retiro en Puerto Rico.

En Puerto Rico hay varios vehículos que están cualificados con el Departamento de Hacienda para que las aportaciones realizadas a los mismos estén diferidas del pago de contribuciones hasta el retiro. Por ejemplo; IRAs, 1165(e) y Planes Keogh. Un individuo que recibe el 100% de su ingreso por concepto de salario y que quiere maximizar su ahorro para el retiro puede hacer aportaciones anualmente a una IRA y a un Plan 1165(e). Por otro lado un individuo que trabaja por cuenta propia tiene la opción de aportar anualmente a una IRA y a un Plan Keogh.

Un Plan Keogh (“Plan”) es un plan de retiro calificado para individuos que trabajan por cuenta propia, para un individuo que es dueño del interés total de un negocio no-incorporado, para individuos que son dueños de más de 10% del capital o de la participación en los beneficios de una sociedad especial o corporación de individuos, o que reciben una porción sustancial de su ingreso de trabajo por cuenta propia.

Los fondos aportados al Plan se tributan en el momento en que el participante recibe dichos fondos. La tributación se determina por la manera en que se reciben los fondos: ya sea en una suma global o en pagos parciales. Los fondos recibidos en suma global se podrán tributar a una tasa especial de ganancia de capital mientras que los fondos recibidos en pagos parciales se tributarán como ingreso ordinario.

El Plan se establece por medio de un fideicomiso. Es importante señalar que el fideicomiso se considera una entidad legal separada que provee una protección adicional contra reclamaciones de terceros. El fideicomiso es el que recibe las aportaciones y las mismas pueden ser invertidas en cualquier tipo de inversión que sea prudente. El fideicomiso está exento del pago de contribuciones sobre el ingreso generado por las inversiones que se mantienen.

Cuando el Plan contiene más de un participante, la reglamentación federal requiere que en todo Plan que cubra empleados se ejerza cuidado, destreza, prudencia y diligencia al escoger las inversiones. Algunos factores que se deben considerar al hacer las inversiones son: mantener liquidez para permitir la distribución de beneficios a participantes que se retiran o renuncian, diversificar para minimizar los riesgos de pérdida, y buscar alternativas diseñadas para proveer un crecimiento predecible, sin riesgos indebidos.

Dependiendo de las circunstancias del individuo o entidad que auspicia el plan, se escoge el tipo de Plan a establecerse. Los planes calificados incluyen planes de pensiones, de bonificación en acciones (“stock options”) y de participación en ganancias (“profit sharing”). Los planes de pensiones pueden ser de beneficios definidos o de aportaciones definidas.

Le sugerimos que evalúe vehículos como el Plan Keogh como parte de una planificación contributiva en conjunto con su planificación para el retiro y la protección de activos. Como punto final queremos señalar que al igual que cualquier otro plan de retiro calificado, el Plan tiene que establecerse en o antes del último día del año contributivo del individuo o de la entidad que auspicia el plan. En Banco Popular contamos con expertos en la división de Wealth Management que pueden ayudarlo en conjunto con sus asesores a determinar las estrategias de retiro que a usted más le conviene.