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Estamos contigo.

Sabemos que la pérdida de una persona puede ser un momento muy difícil; por eso, cuentas con nuestro apoyo. Te acompañamos y ayudamos a gestionar los asuntos financieros de tu ser querido, con claridad y respeto.

Pasos generales del proceso

Estos pasos te orientarán en el manejo de los trámites bancarios tras el fallecimiento de un ser querido.

1
Notificación del fallecimiento

Llama al 787-724-3650 o visita la sucursal de tu preferencia para notificar la siguiente información del fallecido: nombre, número de Seguro Social y fecha de defunción. 

2
Identificación de la solicitud

Determina qué tipo de solicitud necesitas realizar, según tu situación y relación con la persona fallecida.

3
Entrega de documentos

Identifica los documentos que necesitas para comenzar tu solicitud y haz entrega de estos en la sucursal de tu preferencia o a través de correo postal.

4
Procesamiento de la solicitud

Una vez recibamos toda la documentación, tramitaremos la solicitud y te notificaremos a través de correo postal, correo electrónico o llamada telefónica cuando el proceso se complete.

Pasos requeridos para el banco luego de una notificación de fallecimiento:

  • Congelar los fondos de las cuentas del fallecido para evitar retiros o transacciones no autorizadas.
  • Las tarjetas de débito y/o crédito del fallecido, así como las de cualquier titular o usuario autorizado, dejarán de funcionar.
  • Cualquier beneficio de gobierno que el fallecido recibía en las cuentas, como el Seguro Social o pensión de Retiro, se detendrá y/o será devuelto a la agencia correspondiente.

Si la persona fallecida tenía únicamente tarjetas de crédito:

  • Notifica sobre el fallecimiento presentando el acta de defunción en la sucursal de tu preferencia o llamando al Centro de Servicio de Tarjetas al 787-758-0505.
  • Las tarjetas de crédito del fallecido, así como las de cualquier titular o usuario autorizado, dejarán de funcionar.
  • Si deseas recibir los estados de cuenta, completa la Certificación de Relaciones Bancarias en tu sucursal de preferencia. Luego, puedes solicitar los estados de cuenta a través del Centro de Servicio de Tarjetas, llamando al 787-758-0505.

Tipos de Solicitudes

Puedes gestionar una o varias de las cuatro solicitudes según aplique.

Pago de Gastos Fúnebres

Cheque oficial a nombre de la funeraria para cubrir gastos hasta $15,000. El dinero se deduce de los fondos del fallecido depositados en Popular. Solo un heredero, cotitular o representante debidamente autorizado puede recogerlo; no es un reembolso.

Certificación de Relaciones Bancarias

Te ayuda a conocer los balances de las cuentas del fallecido con Popular, incluyendo el inventario de los activos y deudas.

Adelanto de Fondos

Permite adelantar hasta $15,000 (o el 25% de los fondos). Si ya solicitaste un desembolso para gastos fúnebres, se restará esta cantidad del total del adelanto.

Liquidación de Fondos

Permite obtener los fondos disponibles en las cuentas del fallecido. Los fondos serán distribuidos en su totalidad, basado en los requisitos establecidos.

Genera tu lista digital de documentos

Al responder verás una vista previa de los documentos y podrás descargar la lista completa en PDF con todas las instrucciones.

Todos los campos son requeridos.

Ilustración de la herramienta de filtro de documentos mostrando documentos y una lupa

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Cuenta con orientación directa de nuestro equipo cuando lo necesites. Estamos aquí para apoyarte en cada paso. Llama a TeleBanco Popular® al 787-724-3650.

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Preguntas frecuentes

  • Puedes solicitar al Banco un adelanto para cubrir los gastos fúnebres.

    Los documentos requeridos para solicitar este trámite son:

      • Acta o Certificado de Defunción (original o copia)
      • Factura de la funeraria

    El Banco realizará un cheque oficial a nombre de la funeraria por la cantidad facturada o hasta el máximo permitido por ley ($15,000) de los fondos depositados en Banco Popular y cualquier heredero o representante de la sucesión puede recogerlo; no es un reembolso.

  • Esta certificación contiene información de las relaciones bancarias y/o financieras del cliente fallecido con Banco Popular.

    Para solicitarla, además del Acta o Certificado de Defunción y Copia de Identificación del Solicitante, debes completar la Solicitud de Certificación de Relaciones Bancarias de Clientes Fallecidos (BRA-1031) y proveer uno de los siguientes documentos:

      • Certificado de Nacimiento, en caso de ser descendiente (hijo/a)
      • Testamento y su Certificación del Registro de Poderes y Testamentos (debe tener fecha posterior al fallecimiento), donde aparezcas nombrado heredero(a)
      • Resolución de Declaratoria de Herederos, donde aparezcas nombrado heredero
      • Cartas Testamentarias o Declaración Jurada aceptando el cargo, en caso de que seas albacea designado (a)
      • Carta de Solicitud de Información, en caso de que seas abogado (a) representando a la sucesión
  • Al momento de liquidar el balance de los fondos depositados en las cuentas del fallecido, el Banco emitirá un (1) cheque oficial a favor de todos los herederos de la sucesión y cotitulares registrados en las cuentas. El Banco no hace liquidaciones parciales, particiones de herencia, ni adjudica las participaciones de los miembros de la sucesión y/o cotitulares sobrevivientes. Una vez el Banco liquide el balance depositado, procederá con el cierre de las cuentas. 

    Los documentos requeridos para solicitar la Liquidación de Fondos son:

      • Requisitos para Adelanto o Liquidación de Fondos de Clientes Fallecidos (BRA-1032)
      • Copia del Certificado de Defunción
      • Testamento y su Certificación del Registro de Poderes y Testamentos. De no haber testamento, deberás presentar Declaratoria de Herederos
      • Cartas Testamentarias o Declaración Jurada aceptando el cargo, en caso de que seas albacea designado (a)
      • Relevo de Herencia, si los fondos exceden de $15,000 a la fecha del fallecimiento. Las cuentas y/o bienes objeto de la liquidación deben estar identificados en el Relevo de Herencia

     

    Si algún heredero no puede estar presente el día del desembolso, este podrá otorgar un Poder o una Declaración Jurada autorizando a otro miembro de la sucesión o un tercero a recibir y endosar el cheque de la liquidación. Cualquier Poder o Declaración Jurada otorgada fuera de Puerto Rico, debe venir acompañada del County Clerk Certificate o la correspondiente Apostilla de la Haya. Estos documentos deben someterse junto a los demás documentos arriba requeridos.

    Si un cliente fallecido recibió pagos por beneficios de gobierno después de la fecha de fallecimiento, estos fondos serán devueltos a la agencia emisora antes de hacer la liquidación de fondos.

  • Para solicitar cualquiera de los trámites antes mencionados, debes seguir las instrucciones de cada gestión, completando la Solicitud de Certificación de Relaciones Bancarias de Clientes Fallecidos (BRA-1031) y/o el formulario de Requisitos para Adelanto o Liquidación de Fondos de Clientes Fallecidos (BRA-1032). Entrega todos los documentos requeridos en cualquiera de las sucursales de Banco Popular de Puerto Rico o envíalos por correo postal a la siguiente dirección:

    Banco Popular de Puerto Rico
    Estate Processing (696)
    PO Box 362708
    San Juan, PR 00936-2708

  • El Banco Popular ofrece una alternativa más accesible solo para los casos donde:

      • El total de los fondos de todas las cuentas del cliente fallecido no exceda de $2,000,
      • El cliente fallecido no dejó testamento, y
      • La sucesión no ha gestionado ni obtenido una Resolución de Declaratoria de Herederos y/o Acta de Notoriedad sobre Declaratoria de Herederos

     

    Se trata de la Declaración Jurada para Liquidación de Cuentas Bancarias (BRA-028). Esta declaración jurada será utilizada en sustitución de una Resolución de Declaratoria de Herederos y/o Acta de Notoriedad sobre Declaratoria de Herederos exclusivamente en aquellos casos donde el total de los fondos de todas las cuentas del cliente fallecido no exceda de $2,000, el fallecido no dejó testamento y la sucesión no ha gestionado ni obtenido una Resolución de Declaratoria de Herederos y/o Acta de Notoriedad sobre Declaratoria de Herederos. Es importante que cuando se presente la Declaración Jurada para Liquidación de Cuentas Bancarias (BRA-028), esta venga acompañada con los siguientes documentos:

      • Una Certificación Negativa de Testamento del Registro de Poderes y Testamentos, que confirma que el fallecido no dejó un testamento
      • Si la Declaración Jurada para Liquidación de Cuentas Bancarias (BRA-028) es notarizada fuera de Puerto Rico, debe incluir el County Clerk Certificate o Apostilla, si aplica
      • Si a la fecha del fallecimiento el total agregado de los balances en las cuentas del fallecido excedía de $15,000, se requiere la Certificación de Cancelación de Gravamen (Relevo de Herencia) con el Anejo A: Detalles de Otros Bienes

    De esta forma, se podrán liquidar los fondos del cliente fallecido sin tener que incurrir en gastos significativos.